(SUR)
La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad en Andalucía es un documento que acredita la discapacidad reconocida a la persona titular de la misma. Asegura en su web la Junta de Andalucía que dicha tarjeta, personal e intransferible, «tiene como finalidad dar testimonio fehaciente del reconocimiento del grado de discapacidad de su titular y servir como documento probatorio de dicha condición». Pero, ¿para quién es y cómo se consigue exactamente? Resolvemos estas y otras dudas acerca de este documento.
¿Para qué sirve?
La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad permite a la persona titular de la misma «acreditar de forma ágil y práctica, ante terceras personas, su grado de discapacidad y facilitarle así el acceso a determinados servicios que puedan mejorar su calidad de vida a través de un instrumento más práctico y cómodo al momento de acreditar su discapacidad», especifica la Junta.
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de esta tarjeta las personas residentes en la región andaluza que tengan reconocido, mediante la correspondiente resolución, un grado de discapacidad igual o superior al 33%. La tarjeta tendrá un formato único para todos los tipos de discapacidad.
Condiciones de uso
Asegura el gobierno andaluz que su presentación debe ir acompañada, siempre, del documento identificador de la persona con discapacidad (DNI o NIE). Insiste además en que, siempre que las Administraciones u organismos públicos lo consideren oportuno, «podrán solicitar la presentación de la resolución de reconocimiento de grado de discapacidad».
¿Qué vigencia tiene la tarjeta?
La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad determinará expresamente su vigencia, que podrá ser de carácter permanente, o bien establecer una fecha determinada de validez de acuerdo con la provisionalidad de la valoración del grado de discapacidad.
En todo caso, la tarjeta perderá su vigencia cuando se produzca su cancelación en los términos previstos en la Orden de 17 de marzo de 2011, por la que se crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su concesión.
Cómo se solicita la tarjeta
Actualmente, la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad será emitida de oficio por el órgano competente, resolviéndose, en un acto único, las cuestiones relativas a la resolución del reconocimiento de grado de discapacidad, la certificación de discapacidad, el dictamen técnico facultativo y la concesión de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad. Así, después de la valoración por el Centro de Valoración y Orientación de la provincia correspondiente, si se obtiene un porcentaje igual o mayor al 33% se recibe la Tarjeta acreditativa del grado. En caso de no recibirla, pérdida o robo de la tarjeta puede solicitarla a través del Teléfono de Información sobre Discapacidad 900.55.55.64.
La competencia para la expedición de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad corresponde a las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de integración social de las personas con discapacidad, a través de los Centros de Valoración y Orientación de personas con discapacidad.
¿En qué casos se podrá cancelar?
El Centro de Valoración y Orientación correspondiente cancelará de oficio en los siguientes casos:
-La tarjeta perdida o robada.
-En los casos de uso fraudulento de la tarjeta, previa audiencia a la persona titular, y sin perjuicio de las responsabilidades que se puedan exigir.
-En caso de fallecimiento de la persona titular de la tarjeta.