Este cheque familiar se refiere a la deducción de 1.200 euros en el IRPF o el pago adelantado de 100€ mensuales.
Las ayudas son acumulables entre sí, de forma que por ejemplo un padre separado con 2 hijos, o una familia numerosa con 2 hijos discapacitados, podrían optar a 3.600€ de deducciones.
LO PUEDEN SOLICITAR
• Familias numerosas, con al menos 3 hijos o Familias monoparentales con al menos 2 hijos.
• Familia con hijos dependientes con discapacidad superior al 33%.
• Familia con ascendientes dependientes con discapacidad superior al 33%.
• Familia numerosa de categoría especial: aquellas con cinco o más hijos o aquellas familias con cuatro hijos, de los que al menos tres sean por parto o adopción múltiple; y aquellas que tengan cuatro hijos y unos ingresos anuales no superiores al 75% del IPREM (en doce pagas esa cantidad es de 4.792,59 euros y en catorce pagas son 5.591,35 euros).
Las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años siguen disfrutando de esta deducción bajo las mismas condiciones.
¿CÓMO SOLICITAR LAS AYUDAS?
Se puede solicitar por Internet, con el DNI electrónico o el Pin24h; por teléfono llamando al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en el 901200345 y aportando el importe de la casilla 415 de la declaración del IRPF del año anterior.
También se puede realizar de forma presencial en cualquier oficina de la Agencia Tributaria (a partir del 3 de febrero) presentando el modelo 143, firmado por todos los solicitantes.
LÍMITES
El límite para cada deducción será la cotización y las cuotas totales a la Seguridad Social o mutualidad.
¿QUÉ DOCUMENTACIÓN SE NECESITA PARA REALIZAR LA SOLICITUD?
Para solicitar las deducciones hace falta:
1.- El título de familia numerosa o certificado oficial del grado de discapacidad del ascendiente o descendiente.
2.- El Número de Identificación Fiscal (NIF)
3.- El alta en la Seguridad Social o mutualidad y contar con los periodos mínimos de cotización. Igualmente, las personas que reciban una prestación contributiva de la Seguridad Social o una prestación contributiva o asistencia del Servicio de Empleo. En la solicitud colectiva es suficiente que cumpla esta condición quien figure como primer solicitante.
RECORDAR…
La AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) abonará al solicitante mensualmente de forma anticipada el importe de cada deducción, mediante transferencia bancaria.
Si no procediera el abono anticipado de la deducción por incumplimiento de los requisitos, la Agencia lo notificará al interesado.