Orden ISM/444/2025, de 30 de abril, por la que se regula el procedimiento de inclusión de nuevas patologías generadoras de discapacidad en el anexo del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en cuanto a la anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.
La Junta de Andalucía ha abierto el plazo para solicitar subvenciones dirigidas a empresas del mercado ordinario de trabajo que contraten indefinidamente a personas con discapacidad y/o adapten sus puestos de trabajo. A continuación, señalamos las dos líneas de subvención disponibles:
Línea 5: Subvención a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad
• Objeto: Fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario.
• Beneficiarios: Empresas privadas, autónomos, entidades sin ánimo de lucro, cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad como socios.
• Cuantía: 5.500 euros por cada contrato indefinido formalizado, con posibles incrementos según los parámetros establecidos.
• Requisitos principales:
– Contratación indefinida que suponga incremento neto de la plantilla fija.
– Grado de discapacidad igual o superior al 33%.
– Mantenimiento de la contratación por un período mínimo.
• Documentación requerida:
– Formulario de solicitud (Anexo I).
– Acreditación de la representación (Anexo II).
– Documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos.
• Plazo de presentación: Desde el 16 de mayo hasta el 16 de junio de 2025.
• Tramitación:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25567.html
Línea 6: Subvención a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo
• Objeto: Financiar la adaptación de puestos de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas para personas con discapacidad.
• Beneficiarios: Empresas privadas, autónomos, entidades sin ánimo de lucro, cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
• Cuantía: Hasta 1.800 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada en plantilla durante mínimo seis meses.
• Requisitos principales:
– Contrato indefinido con permanencia mínima de seis meses.
– Adaptaciones directamente relacionadas con la discapacidad.
• Documentación requerida:
– Formulario de solicitud (Anexo I).
– Acreditación de la representación (Anexo II).
– Justificación de las adaptaciones realizadas o previstas.
• Plazo de presentación: Desde el 16 de mayo hasta el 16 de junio de 2025.
• Tramitación:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25568.html