(DIARIO DE SEVILLA).-
El Ayuntamiento de Sevilla aprobó hace unos días la puesta en marcha de un servicio de canguros a domicilio para familias que cuentan con niños entre los 4 meses y los 12 años de edad. El objetivo principal de esta medida es conseguir una mejora de la conciliación del cuidado de los menores y las actividades laborales y formativas.
¿Quién puede beneficiarse de este servicio?
Desde el Ayuntamiento establecen que pueden ser beneficiarias todas las familias empadronadas en Sevilla que tienen menores a su cargo mayores de 4 meses y menores de 12 años. Y dentro de estas familias, tendrán prioridad aquellas que se encuentren en las siguientes circunstancias:
- Familias monomarentales y monoparentales.
- Víctimas de violencia de género.
- Mujeres desempleadas de larga duración.
- Mujeres y hombres mayores de 45 años.
- Unidades familiares con personas con capacidades diversas.
- Mujeres usuarias de los Centros Integrales de atención a la mujer (CIAM).
También tendrán en cuenta otras circunstancias personales y sociales que sean debidamente acreditadas. Además, en caso de que las solicitudes excedan las horas de servicio a prestar tendrán mayor prioridad aquellas unidades familiares con menos ingresos en el mes anterior a la solicitud.
¿Cuáles son los motivos por los que se puede solicitar el servicio?
El Ayuntamiento establece que las familias pueden solicitar el servicio de canguros en los siguientes casos:
- Para asistir al trabajo.
- Para asistir a un curso de formación ocupacional.
- Para asistir a una entrevista de trabajo.
- Por asistencia obligatoria a cualquier organismo público o privado.
- Por enfermedad de una de las figuras parentales.
- Por participación social, cultural o deportiva.
- Por respiro familiar.
Otras necesidades de conciliación debidamente justificadas.
Se trata de un servicio que dispone de 21:30 horas semanales para las familias (el total máximo será de 400 horas) de atención en el domicilio, de lunes a viernes de 08:00 a 21:00 horas y los sábados y domingos de 09:00 a 15:00 horas.
¿Cómo solicitar el servicio y qué requisitos han de cumplirse?
Este servicio es desarrollado por el Área de Barrios de Actuación Preferente y Derechos sociales del Ayuntamiento, al que se deberá realizar la solicitud. Y según las Prescripciones técnicas para la contratación del servicio de canguros a domicilio, «el acceso al servicio se realizará mediante solicitud de una de las figuras parentales. Corresponderá a los Servicios sociales y Centros Integrales de Atención a la Mujer la comprobación de los requisitos declarados en la solicitud». Dichos requisitos de los hogares de las familias solicitantes son los siguientes:
- Condiciones de habitabilidad adecuadas.
- Temperatura adecuada (en verano no debe sobrepasar los 27ºC).
- Condiciones higiénico sanitarias adecuadas.
- Ausencia de miembros de la familia con patologías mentales o toxicomanías.
- Ausencia de otros miembros de la familia que requieran cuidados personales.
- En caso de violencia de género, ausencia del presunto agresor.
- En caso de mascotas, estas deberán poseer dispositivos de identificación, control sanitario y permanecer bajo control durante el desarollo del servicio.
- Acceso de agua y de los alimentos necesarios para los menores.
- Dotar de los productos higiénicos necesarios.
- Aportar al menos dos teléfonos de contacto para casos de urgencia.
- Aportar las llaves del domicilio en los casos de autorización para salir fuera de la vivienda.
Las condiciones serán valoradas por la entidad que adjudica las ayudas a través de una visita. Y una vez comprobados los requisitos (tanto en los hogares como en la documentación aportada), Servicios Sociales Municipales determinarán si pueden hacer uso o no de este servicio.
En caso positivo, se asignará a las familias la persona más adecuada a las características del servicio de canguro que deba prestar. Y en caso de ser entre 2 y 5 menores, se asignarán 2 canguros que serán 3 en casos de 6 o más menores.