Introduction

Las empresas de transporte por carretera deberán informar de las condiciones de accesibilidad de sus serviciosAsí se contemplará en el Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre

Las empresas de transporte por carretera deberán informar de las condiciones de accesibilidad de sus serviciosAsí se contemplará en el Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre

Las empresas de transporte de viajeros por carretera que realicen trayectos sometidos a concesión o autorización del Ministerio de Fomento tendrán que informar a los viajeros sobre las condiciones de accesibilidad de sus servicios.

Así lo indica el departamento que dirige Ana Pastor en respuesta a un requerimiento de la defensora del Pueblo tras recibir una queja del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi). La información de las empresas a los viajeros se extenderá tanto a las condiciones de accesibilidad de los propios medios de transporte (autocares) como a la existencia de servicio de ayuda y acompañamiento para el embarque o desembarque en las estaciones o puntos de acceso de viajeros, según explica el Cermi. El canal de información será la página oficial de Internet de la empresa que realiza el transporte, y si carece de ella, a través de avisos en los puntos de recogida de viajeros. Todas estas previsiones, según la contestación de Fomento al Cermi, se incluirán en el Reglamento de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre cuya redacción final está ultimando el equipo de Ana Pastor.