Introduction

IVA superreducido para vehículosIVA superreducido a vehículos para fines sociales

IVA superreducido para vehículosIVA superreducido a vehículos para fines sociales

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado viernes 25 la modificación del Reglamento del Impuesto del Valor Añadido (IVA) mediante la cual se extenderá, por la compra de vehículos con destino a personas con discapacidad con movilidad reducida, la aplicación del IVA superreducido a las adquisiciones de vehículos que realicen entidades de carácter social que presten servicios de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia a personas con discapacidad.

Según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, el objetivo de esta medida es que las personas o entidades que prestan estos servicios “puedan, con la tributación reducida, adquirir más de un vehículo”.

Hasta ahora, la aplicación del IVA superreducido se limitaba a la adquisición de vehículos por parte de personas con discapacidad con movilidad reducida o familias de estas personas para su servicio, a título individual, pero quedaban excluidas, casi completamente, las compras por parte de entidades sociales (asociaciones y fundaciones, fundamentalmente), por no poder acogerse a este beneficio fiscal sino pasados cuatro años desde la adquisición de un único vehículo.

Con la modificación normativa que prepara el Gobierno, solicitada por el Cermi, se abre este beneficio fiscal a las entidades cívicas que prestan servicios sociales de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia a grupos de personas con discapacidad, que ya no verán restringido el mismo a un único vehículo cada cuatro años.

Previsiblemente, esta medida entrará en vigor el 1 de enero de 2014.