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La Seguridad Social concede una ayuda de 1.000 euros por nacimiento o adopción para familias con condiciones específicasTambién podrán beneficiarse las numerosas y monoparentales de esta medida

La Seguridad Social ha puesto a disposición de las familias una ayuda económica de 1.000 euros en un único pago por nacimiento o adopción de hijo/a, siempre que se cumplan ciertos requisitos sociales y económicos.

Esta prestación está dirigida a apoyar a hogares que, por sus circunstancias, pueden tener una mayor vulnerabilidad en el cuidado de hijos e hijas recién nacidos o adoptados.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Podrán beneficiarse de esta ayuda las familias que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Familias numerosas.

  • Familias monoparentales.

  • Familias en las que uno de los progenitores tenga una discapacidad igual o superior al 65%.

Además, el nacimiento o la adopción debe haber tenido lugar a partir del 16 de noviembre de 2007.

Requisitos generales

  • Residencia legal en España.

  • No superar los límites de ingresos establecidos, que varían según el número de hijos a cargo. Por ejemplo, para una familia con un hijo, el umbral es de 14.011 euros anuales, aumentando progresivamente con cada hijo adicional.

  • No estar recibiendo prestaciones similares de otros regímenes públicos.

Compatibilidades

Esta ayuda es compatible con otras prestaciones como:

  • Prestación por parto o adopción múltiples.

  • Asignaciones por hijo o menor acogido a cargo.

  • Pensiones de orfandad o en favor de nietos y hermanos.

  • Subsidio especial de maternidad por parto múltiple.

¿Cómo se solicita?

La solicitud puede realizarse de tres formas:

  • A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando certificado digital o cl@ve.

  • Presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

  • Por correo electrónico, remitiendo la documentación requerida.

Documentación necesaria

  • DNI de los progenitores.

  • Certificado de empadronamiento.

  • Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.

  • Justificantes de ingresos.

  • Certificado oficial de discapacidad, en caso de aplicarse.

  • Documentos judiciales que acrediten la custodia en casos de separación o divorcio.

Plazo de solicitud

El plazo para presentar la solicitud es de hasta cinco años desde el día siguiente al nacimiento o adopción del hijo o hija.

Para más información y acceso al formulario oficial de solicitud, se puede visitar la página web de la Seguridad Social.

Fuente: https://www.diariosur.es/economia/mibolsillo/seguridad-social-concedera-ayuda-1000-euros-nacimiento-20240521000343-nt.html