Estatutos

Regulación del funcionamiento de la Federación

TITULO I: DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DOMICILIO, FINES, MEDIOS, DURACIÓN Y ÁMBITO TERRITORIAL.

ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN SOCIAL
Al amparo de la Constitución Española, la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás normativa concordante, se regula por los presentes estatutos, la denominada "FEDERACIÓN PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGÁNICA DE SEVILLA". Las siglas de la Federación son "COCEMFE Sevilla".

ARTÍCULO 2. NATURALEZA
La "FEDERACIÓN PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD FÍSICA Y ORGÁNICA DE SEVILLA" ("COCEMFE Sevilla"), es una organización independiente, aconfesional, no gubernamental, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y con plena capacidad de derecho y de obligaciones.

ARTÍCULO 3. DOMICILIO SOCIAL
El domicilio de la Federación se establece en Sevilla, en calle Aviación nº 31, 1ª planta, módulo 25, Edificio Ramcab Vilaser (Polígono Calonge), Sevilla; y podrá ser trasladado dentro de la demarcación provincial cuando lo aconsejen las circunstancias y así lo acuerde la Asamblea General.

ARTÍCULO 4. DURACIÓN
La Federación se constituye por tiempo indefinido, salvo causas legales de disolución.

ARTÍCULO 5. ÁMBITO TERRITORIAL
COCEMFE SEVILLA establece su ámbito territorial en la provincia de Sevilla

ARTÍCULO 6. FINES SOCIALES
COCEMFE SEVILLA se propone llevar a cabo los siguientes fines:
a) Difundir la problemática general de las personas con diversidad funcional, en orden a la promoción y defensa de los derechos del colectivo.
b) Coordinar las entidades que la integran, en las actividades generales provinciales, así como orientar e impulsar la actuación de las mismas.
c) Fomentar el asociacionismo entre sus entidades miembros y la unidad del colectivo, para una mejor defensa de las condiciones de las personas con diversidad funcional.
d) Promover y alentar la participación de la Federación en todos aquellos organismos públicos o privados de ámbito provincial, autonómico, nacional o internacional, ya existentes o de una nueva creación, que de modo directo o indirecto, puedan contribuir a la realización de los fines de la Federación o redundar en beneficio de las personas con diversidad funcional y de su plena integración social.
e) Fomentar y velar por el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones, que afecten a la plena participación social y laboral de las personas con diversidad funcional.
f) Lograr la plena integración socio laboral de las personas con diversidad funciona, mediante la orientación laboral, la formación profesional y la creación de empleo.
g) Promover los derechos e intereses de las mujeres con diversidad funcional, en orden a superar la doble discriminación, por género y discapacidad, que padecen; fomentando para ello programas especiales de apoyo e intervención.
h) Fomentar, apoyar y colaborar en la creación de nuevas entidades asociativas que representen al colectivo de personas con diversidad funcional.
i) Fomentar y participar en la creación de cuantas iniciativas empresariales y mercantiles, mejoren las condiciones laborales de las personas con diversidad funcional.
j) Velar y salvaguardar los Derechos de las personas con diversidad funciorial en edad infantil y juvenil, en orden a reclamar y potenciar su calidad de vida así como sus expectativas de participación social y económica, además de fomentar su incorporación al movimiento asociativo. A tal fin se podrá crea una sección juvenil y/o del menor.
k) Promover los Derechos e intereses de las personas con diversidad funcional, en especial de los gravemente afectados, a través de la creación de centros, y la prestación de servicios que posibiliten su participación en la vida social de manera autónoma e independiente.
l) Fomentar e impulsar el voluntariado social, para una mejor asistencia a las personas con diversidad funcional; creando y colaborando con cuantas iniciativas de orden social, cult ural , ocio y tiempo libre, deportes etc., sean necesarias en orden a la consecución de tal fin.
m) La atención, apoyo y asesoramiento en general a las víctimas de accidente de tráfico, así como la concienciación e información a la sociedad de los riesgos y efectos que provoca la circulación vial; reivindicando los derechos y servicios necesarios de las víctimas de tráfico, e impulsando actuaciones concretas para conseguir la plena efectividad de sus derechos y mejor calidad de vida posible.
n) La práctica, promoción y organización, dentro del ámbito territorial de la Federación, del deporte adaptado para personas con discapacidades físicas y en general con diversidad funcional. Destacando entre otras, con carácter meramente enunciativo, la práctica de las siguientes actividades deportivas adaptadas: atletismo, actividades subacuáticas, baloncesto, deportes de invierno, esgrima, fútbol, ciclismo, hípica, montañismo, natación, tenis, tenis de mesa, tiro con arco, etc.

ARTÍCULO 7. ACTIVIDADES SOCIALES
Para el cumplimiento de los fines expuestos, la Federación podrá llevar a cabo las siguientes actividades:

a) Participar en la elaboración, control y seguimiento de los planes provinciales que, por parte de las administraciones públicas y/o privadas, afecten al colectivo de personas con diversidad funcional.
b) Coadyuvar con cuantas iniciativas que de modo estructural o coyuntural, tanto particulares como públicas, pueden contribuir a la realización de los fines descritos.
c) Ser interlocutor válido ante los organismos públicos y privados, tanto de carácter provincial, regional, nacional o internacional, en los asuntos de interés común que afecten a sus asociaciones miembros y a las personas con diversidad funcional. También podrá proponer a los organismos mencionados la adopción de protocolos y convenios relacionados con el fin que le es propio a COCEMFE Sevilla.
d) La realización y ejecución de cuantos programas puedan beneficiar al colectivo de personas con diversidad funcional, en especial, de ocio y tiempo libre, cultura, deporte adaptado, voluntariado; programas destinados a la mujer con discapacidad, creación y fomento de empleo, formación, orientación, Cursos de FPO, desempleados, mayores, y menores y jóvenes discapacitados.
e) Organizar cursillos, encuentros, conferencias, jornadas, campañas de concienciación, así como editar publicaciones, vídeos informativos, y cualesquiera otras divulgaciones, incluidas las informáticas, relacionados con la discapacidad.
f) Constituir empresas mercantiles, o sociales, en especial, Centros Especiales de Empleo y empresas de economía social, así como cualesquiera otras entidades de naturaleza similar, en la que puedan integrarse laboralmente las personas con diversidad funcional; destinando los beneficios obtenidos, en su caso, al cumplimiento de los fines sociales de la federación.

Debido a lo extenso de nuestros estatutos, incluimos solo los primeros 7 artículos que corresponden al Título I: Denominación, naturaleza, domicilio, fines, medios, duración y ámbito territoral.

Puede descargar los Estatutos de COCEMFE Sevilla en formato PDF