Introduction

Renta 2014. Normativa específica para personas con discapacidadEntre otras: deducción por obras de accesibilidad

Renta 2014. Normativa específica para personas con discapacidadEntre otras: deducción por obras de accesibilidad

Para el año 2014, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), continúa prestando especial atención a las personas con discapacidad y a sus familias, en particular a aquellos con un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o que, sin alcanzarlo necesitan la ayuda de terceras personas o tienen movilidad reducida.

Entre otras, se puede destacar la deducción por obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de personas con discapacidad. Pueden aplicar esta deducción los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades para la realización de obras e instalaciones de adecuación de su vivienda habitual por razón de su propia discapacidad o de la de su cónyuge, o un pariente en línea directa o colateral consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado inclusive siempre que convivan con él, y siempre que la vivienda sea ocupada por cualesquiera de ellos a título de propietario, arrendatario, subarrendatario o usufructuario, con anterioridad a 1 de enero de 2013 siempre que las obras o instalaciones estén concluidas antes de 1 de enero de 2017.

A estos efectos, tienen la consideración de obras o instalaciones de adecuación:

– Las que impliquen una reforma del interior de la vivienda.
– La modificación de los elementos comunes del edificio que sirvan de paso necesario entre la finca urbana y la vía pública, tales como escaleras, ascensores, pasillos, portales o cualquier otro elemento arquitectónico.
– Las necesarias para la aplicación de dispositivos electrónicos que sirvan para superar barreras de comunicación sensorial o de promoción de su seguridad.

Puedes obtener más información de esta noticia en este enlace.