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Regulación del régimen jurídico aplicable al concierto social en materia de Atención Infantil Temprana

Regulación del régimen jurídico aplicable al concierto social en materia de Atención Infantil Temprana

La Consejería de Salud y Familias establece, conforme al Decreto 57/2020 de 22 de abril (BOJA, nº 80, de 28 de abril de 2020), la regulación del régimen jurídico aplicable al concierto social en materia de Atención Infantil Temprana, en el marco de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía y del Decreto 85/2016, de 26 de abril, por el que se regula la Intervención Integral de la Atención Infantil Temprana en Andalucía.

Con ello, se establecen los aspectos y criterios a los cuales ha de someterse el concierto social, referidos al cumplimiento de los requisitos previstos; la tramitación de la solicitud; la formalización; las condiciones de actuación de las entidades concertadas; la vigencia o la duración máxima del concierto y sus causas de extinción; las condiciones para su prórroga o modificación; las obligaciones de las entidades que presten el servicio concertado y de la Administración Pública otorgante del concierto social; la sumisión del concierto al Derecho Administrativo, y otras condiciones necesarias en el marco de lo previsto en la ley.