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Nueva regulación de la zona azul en SevillaEl Ayuntamiento mantiene las tarjetas sólo para personas con movilidad reducida empadronadas en la capital

Nueva regulación de la zona azul en SevillaEl Ayuntamiento mantiene las tarjetas sólo para personas con movilidad reducida empadronadas en la capital

El BOP publicó el pasado sábado 17 una resolución del Ayuntamiento sobre estacionamiento regulado en superficie que afecta a zonas, tipos, horarios que también establece los requisitos para obtener la tarjeta específica para personas con movilidad reducida.

Son los siguientes:

  1. Ser persona física empadronada en Sevilla. Se acreditará con la presentación de certificado de empadronamiento con un máximo de tres meses de antigüedad.
  2. Tener al corriente de pago el Impuesto Municipal de Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Sevilla o acreditar el alta en dicho Impuesto en la ciudad de Sevilla. Se acreditará con la presentación del último recibo o justificante de alta en el referido Impuesto en la ciudad de Sevilla. En otro caso, justificante de exención expedido por la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Sevilla con un máximo de tres meses de antigüedad.
  3. Ser titular de la tarjeta de aparcamiento otorgada por la Consejería competente de la Junta de Andalucía conforme a la Orden de 10 de marzo de 2010, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» 61 del día 29 de marzo de 2010, o la equivalente aprobada por el resto de Comunidades Autónomas.