Introduction

El Ayuntamiento de Sevilla suscribe un convenio con IBERDROLA, ENDESA Y GAS NATURALSe agiliza la tramitación de ayudas sociales para el pago de los recibos y evitar cortes de suministros

El Ayuntamiento de Sevilla suscribe un convenio con IBERDROLA, ENDESA Y GAS NATURALSe agiliza la tramitación de ayudas sociales para el pago de los recibos y evitar cortes de suministros

Los beneficiarios de las ayudas económicas del Área de Bienestar Social y Empleo del Ayuntamiento de Sevilla son personas físicas usuarias de los Servicios Sociales Municipales, que se encuentren en situación de riesgo o exclusión social y reúnen los requisitos que se señalan en sus normas procedimentales según la valoración efectuada, de oficio, por los profesionales de los Centros Municipales de Servicios Sociales Comunitarios del AYUNTAMIENTO DE SEVILLA.

Quedan excluidos del convenio los casos en los que se detecte por la empresa distribuidora una situación de conexión fraudulenta a la red, o manipulación del equipo de medida atribuible al consumidor hasta que no haya sido subsanada la situación irregular por parte del cliente con la empresa distribuidora.

OBLIGACIONES ESTABLECIDAS EN EL CONVENIO 

Ayuntamiento

–    Valorar de oficio y determinar, en su caso, el pago de la deuda por el suministro de electricidad y/o gas, luz, a las personas usuarias de los servicios sociales en concepto de ayuda social, por el procedimiento que tenga establecido.

–    Comunicar a IBERDROLA, ENDESA O GAS NATURAL de forma inmediata, una vez que los profesionales de los servicios sociales municipales tengan conocimiento de ello, y valoren la concesión de la ayuda social correspondiente los datos de identificación de la persona beneficiaria de una ayuda municipal para evitar la suspensión del suministro.

–    Confirmar a IBERDROLA, ENDESA O GAS NATURAL, que las facturas deudoras informadas por ésta son objeto de la correspondiente ayuda social.

–    Tramitar mensualmente el abono de las cantidades determinadas por los Servicios Sociales Centrales, en concepto de pago de las deudas del suministro de electricidad y/o gas.

–    Abonar las cantidades determinadas por los Servicios Sociales Centrales, en concepto de pago de las deudas del suministro de una vez está la cuantía de la deuda determinada.

Ibedrola/Endesa/Gas Natural

–    Facilitar con carácter inmediato, una vez que reciban la comunicación del AYUNTAMIENTO DE SEVILLA con los datos de identificación de la persona beneficiaria de la ayuda social, el importe exacto de la deuda contraída por ésta en concepto de suministros básicos de la vivienda (gas y/o electricidad), para posibilitar la tramitación municipal de la concesión de la ayuda a la mayor brevedad.

–    Facilitar la forma de pago de las ayudas municipales que sean aprobadas para su concesión por los servicios sociales del AYUNTAMIENTO DE SEVILLA, para evitar la suspensión del suministro sin la aplicación de intereses de demora, o costes de recobro, comisión o similar. Asesorar de forma individualizada al beneficiario en relación con diferentes posibilidades de optimización de sus contratos de electricidad y gas, como es la adaptación de la potencia contratada al uso real de la misma, con propuesta de actuaciones que fomenten la eficiencia energética y con información sobre el bono social.

–    Informar al AYUNTAMIENTO DE SEVILLA y al personal de los Servicios Sociales Centrales sobre los requisitos necesarios para la concesión de bono social y sus condiciones de aplicación.

¿DÓNDE DIRIGIRSE?

Para solicitar esta ayuda social es necesario dirigirse al Centro de Servicios más próximo y aportar toda la documentación e información que allí se requiera.