Introduction

Anteproyecto de Ley de la Atención y los Derechos de las Personas con DiscapacidadPresentado ayer 2 de diciembre

Anteproyecto de Ley de la Atención y los Derechos de las Personas con DiscapacidadPresentado ayer 2 de diciembre

El Consejo de Gobierno acordó ayer iniciar la tramitación de la Ley de la Atención y los Derechos de las Personas con Discapacidad que vendrá a sustituir a la vigente Ley de atención a las personas con discapacidad de Andalucía, vigente desde 1999.

Del contenido del proyecto de ley dio cuenta en rueda de prensa la consejera de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, María José Sánchez Rubio, que resaltó el principal objetivo que se pretende alcanzar: la eliminación de las desigualdades que afectan, mayoritariamente, a las mujeres y a los menores.

Resumidamente, las principales contenidos de la ley son los siguientes:

Objetivos de la Ley:

  • Promover el respecto a las capacidades y funcionalidades diferentes.
    Priorizar las políticas de empleo dirigidas a la igualdad de oportunidades (tasa de paro 43,7%).
  • Establecer medidas para garantizar la accesibilidad universal en sanidad, educación, vivienda, ocio, formación y empleo, empleo público, servicios sociales…
  • Otorgar a las personas con discapacidad el protagonismo para el libre desarrollo de su personalidad y en la toma de decisiones.

Igualdad de oportunidades y no discriminación

  • Para garantizar este derecho se obliga a las Administraciones Públicas andaluzas a adoptar medidas contra la discriminación,de acción positiva, de igualdad de oportunidades.
  • Medidas adicionales en situaciones de especial vulnerabilidad.
  • Atención específica a mujeres y niñas con discapacidad.

Salud

  • El derecho a la salud a fin de recibir una atención igualitaria.
  • Formación específica a profesionales y desarrollo de programas concretos en educación sexual y reproductiva para hombres y mujeres con discapacidad.
  • Decreto de atención infantil temprana (niños y niñas de 0 a 6 años) con trastornos en el desarrollo o riesgo de padecerlo, a fin de crear un modelo de atención integral que engloba al ámbito sanitario, el educativo y el social.

Educación

  • Educación inclusiva permanente y de calidad.
  • Formación e inserción sociolaboral de las personas con discapacidad, una vez finalizada la etapa escolar.
  • Actuaciones de prevención, detección y atención temprana en los centros públicos que permita una adecuada atención educativa y su inclusión social; y a
    ofrecer atención personalizada en centros hospitalarios o a domicilio en caso de necesidad.
  • Las universidades deberán disponer de un censo del alumnado universitario con discapacidad y elaborar un plan especial de accesibilidad a edificios e instalaciones, así como a la información y comunicación.
  • Convocatorias específicas de becas y ayudas económicas individuales para garantizar el desplazamiento, la residencia y manutención del alumnado con discapacidad cuando las circunstancias lo requieran.

Formación y empleo

  • Plan de Empleabilidad específico.
  • La Junta reservará el 3% de las plazas de los cursos de formación.
  • Se reservará al menos el 5% de plazas en el conjunto del Programa de Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo.
  • En contratación pública, se reservará a centros especiales de empleo el 5% de determinados contratos públicos de la Junta de Andalucía (jardinería, logística o lavandería).
  • Se incorporan cláusulas sociales en el régimen de contratación pública, una contratación pública socialmente responsable.
  • Respecto al 7% de las plazas reservadas en las ofertas de empleo público, se prevé que la Administración autonómica lleve a cabo adaptaciones de los puestos de trabajo

Servicios sociales.

  • Se mantiene la posibilidad de otorgar prestaciones económicas complementarias a las estatales para las personas en situación de necesidad, así como la de otorgar subvenciones individuales que favorezcan la inclusión social de las personas con discapacidad.
  • Priorización de los servicios próximos a sus entornos habituales

Cultura, turismo, deporte y otras actividades de ocio.

  • Regulará las condiciones de accesibilidad y no discriminación a espacios naturales, instalaciones temporales para la realización de espacios públicos, actividades recreativas y otras actividades culturales y sociales actividades culturales y sociales.
  • Si los espacios adaptados y reservados para personas con discapacidad en hoteles, albergues, residencias de estudiantes o teatros se ubican en las zonas más caras del edificio, deberán ofrecerse al precio más bajo.

Vida independiente y accesibilidad universal.

  • Ayudas para financiar ajustes en materia de accesibilidad.
  • Vivienda: en las promociones públicas, que se pueda ofrecer viviendas sin distribución en su interior para adecuarse a las necesidades concretas de las personas con discapacidad.
  • Se reservará un 4% de las viviendas de estas promociones.
  • Se concederá la tarjeta de aparcamiento de discapacidad a los vehículos destinados a su transporte colectivo.
  • Se regulará el uso en Andalucía de los perros de asistencia por personas con discapacidad, en el que se incluyen todos aquellos que hayan sido adiestrados específicamente para el acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio a personas con discapacidad.

Tecnologías e investigación.

  • Se fomentará el uso de tecnologías accesibles a personas con discapacidad.
  • Se impulsarán investigaciones y estudios destinados a la mejora de la calidad de vida y la autonomía personal de personas con discapacidad.

Medios de comunicación y publicidad.

  • Los medios de comunicación promoverán una imagen ajustada, respetuosa, real e inclusiva de las personas con discapacidad.
  • Los medios de comunicación gestionados por la Junta incluirán contenidos destinados a informar sobre la realidad social y necesidades de las personas con discapacidad.
  • Se mantiene la existencia del actual Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad.