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Abierto el plazo de solicitudes del Programa Bono-Taxi

Abierto el plazo de solicitudes del Programa Bono-Taxi

El Ayuntamiento de Sevilla ha abierto el plazo de solicitudes a la Convocatoria de ayudas ‘Programa BONO-TAXI’, según aparece publicado en el B.O.P. nº 20 el pasado martes día 26 de enero.

Las solicitudes están disponibles en la Delegación de Bienestar Social (Plaza Calderón de la Barca. Palacio Marqueses de la Algaba, s/n), en las U.T.S., en la Sección Ciudad  (Negociado de Servicios Especializados) y  en el Centro de Referencia de la Discapacidad (ubicado en c/ Patricio Sáenz, 7).

El plazo de entrega de solicitudes permanecerá abierto desde el 27 de enero hasta el 15 de febrero (ambos inclusive) del presente año 2010.

El lugar de presentación
de las solicitudes es el Registro Municipal (C/ Pajarito, 14) o los Registros Auxiliares del mismo (ubicados en las Juntas Municipales de Distrito).

La Convocatoria cuenta con un presupuesto total de 95.817,62 € (del que se retendrá para atender posibles incidencias y recursos 5.817,62 €).

 Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Discapacidad igual o superior al 40 %.
  • Residir en el municipio de Sevilla.
  • Tener 3 años cumplidos antes de la finalización del plazo para solicitar la ayuda.
  • Estar afectado de graves dificultades de movilidad sin estar imposibilitado para el desplazamiento (tener una puntuación mínima de 7 puntos en el Certificado de Movilidad emitido por el Centro de Valoración y Orientación).
  • No ser titular de vehículo automóvil adaptado.
  • Hallarse al corriente en el pago de obligaciones fiscales y seguridad social.
  • Requisitos económicos:
    • Personas que viven solas: No disponer de ingresos superiores a 18.010,51 € anuales.
    • Unidad Familiar: No disponer de ingresos superiores a 12.548,312 € anuales.

 Las Ayudas serán de dos tipos:

  1. Cualificada: Para asistir al trabajo, ciclos oficiales de formación profesional u ocupacional, cursos de enseñanza reglada y estudios universitarios por tiempo superior a 6 meses durante el año 2009 o curso 2009/2010, y siempre que dichos Centros no dispongan de transporte gratuito y específico. Importe máximo 1.700 € por beneficiario/a.
  2. General: Importe máximo 700 € por beneficiario/a.
    Se solicitará documentación a quienes pretendan ser beneficiarios de la misma o a quienes ostenten la representación legal de éstos en el supuesto de menor de edad o personas con declaración de incapacidad. La documentación a presentar es la siguiente:

1. Fotocopia del D.N.I. del solicitante y, en su caso, del representante legal y documentación acreditativa de la patria potestad o representación legal sobre el solicitante (libro de familia o resolución judicial).

2. Certificado acreditativo del grado de minusvalía y Certificado de Movilidad Reducida expedido por el Centro de Valoración y orientación (en el caso de no ser aportado, se ha de presentar autorización a la Delegación de Bienestar Social del Ayuntamiento de Sevilla para recabar dicho certificado al Centro de Valoración).

3. Certificado de empadronamiento del solicitante.

4. Declaración jurada y autorización a la Delegación de Bienestar Social del Ayuntamiento de Sevilla para la comprobación de la concurrencia de los siguientes requisitos (Reverso de la solicitud):

                  i.     No ser titular de vehículo automóvil adaptado para la conducción.

                  ii.     No recibir ayudas para la misma finalidad.

5. Certificado de empadronamiento del solicitante.

6. Anexo I, en caso de solicitar la modalidad de Ayuda Cualificada.

7. Fotocopia completa correspondiente al periodo impositivo 2008 del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de los miembros de la unidad familiar sometidos a dicho impuesto, o en caso de no estar obligados  a realizarla, presentar Declaración Responsable de Ingresos obtenidos en el mencionado ejercicio (reverso de la Solicitud), así como fotocopia de aquellos documentos que lo acrediten.

8. Certificado de la entidad bancaria del número de cuenta del solicitante.

En el caso de que el escrito de solicitud no reuniera todos los datos y/o documentación necesaria, se requerirá a la persona solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. La  notificación a los interesados se realizará mediante publicación en el tablón de anuncios del Registro General del Ayuntamiento (C/ Pajarito, 14), tablón de anuncios de la Delegación de Bienestar Social, B.O.P. y página Web municipal.

Respecto a la justificación, al considerarse ayudas de concurrencia no competitiva, según el  Reglamento Municipal de Ayudas del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, no será necesario que los beneficiarios de dicha subvención la justifiquen.